PENSIONES
PENSIONES
Fiscalidad de las pensiones
Estimados compañeros:
el pasado mes de septiembre os informábamos de la sentencia de un TEAR que reconocía el derecho de una compañera a percibir la devolución de lo pagado en exceso en IRPF a lo largo de los 4 últimos ejercicios, y a poder rebajar en un determinado porcentaje su base imponible en los ejercicios futuros.
En aquella comunicación os señalábamos que la Agencia Tributaria tenía dos meses de plazo para recurrir la decisión del TEAR, transcurridos los cuales la sentencia sería firme.
Pues bien. La Agencia Tributaria no solo no recurrió, con lo que la sentencia se convirtió en firme, sino que además ha abonado los importes que la demandante solicitaba.
Todo ello significa un segundo paso en la dirección correcta, que esperamos se vea reflejada en las sentencias de los casos planteados en otros territorios.
Un cordial saludo
Uniter
20-01-20
REDUCCION POR APORTES A MUTUALIDADES
Reducción por aportes a mutualidades
En días pasados os informábamos de que durante el tiempo en que se hicieron aportaciones por los trabajadores a la Mutualidad Laboral de Banca para la contingencia de jubilación como régimen sustitutorio o complementario de la Seguridad Social, hubo períodos en los que dichas aportaciones fueron objeto de deducción de la base imponible del IRPF y otros períodos en los que no fueron deducibles de la base imponible (antes del 1/01/1979), porque normativamente no estaba previsto.
Y para compensar esta situación lo que prevé la norma, la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 35/2006, es que no se sumen a la base imponible del IRPF como rendimientos del trabajo las cantidades que fueran objeto de aportación a la Mutualidad Laboral de Banca, porque si no se pudieron deducir en su momento, ni se pueden deducir ahora, se produciría una situación de doble tributación.
La disolución de la Caja de Previsión Laboral del Banco de Bilbao se produjo el 01/01/1971 y la disolución de la Caja de Previsión Laboral del Banco de Vizcaya se produjo el 19/11/1978
Para determinar qué parte de la pensión que se percibe hoy, es consecuencia de esas aportaciones a la Mutualidad Laboral de Banca, se parte de que suponen el 25% de la pensión si no pudieran hacerse los cálculos concretos.
Por ello, desde la Asociación Uniter hemos elaborado un procedimiento sencillo para reclamar de la Agencia Tributaria los importes a regularizar por los cuatro últimos períodos impositivos, es decir a partir de 2014.
En primer lugar, es importante tener en cuenta el plazo de presentación de esta reclamación ante la AEAT o, en su caso, ante las Haciendas Forales. Por ello, la reclamación respecto del año 2014 debe efectuarse antes de que finalice 2018.
Documentos necesarios para solicitar la reducción
A continuación, debemos solicitar los siguientes documentos:
- Solicitar al Servicio de Atención al Empleado del BBVA (SAE) 91 537 71 77 o bien por email: es@grupobbva.com , un certificado de las aportaciones realizadas a la Mutualidad Laboral de Banca desde el inicio de la relación laboral, indicando al solicitarlo el Banco de procedencia.
- Solicitar a la Tesorería General de la Seguridad un Informe de Vida Laboral
Una vez obtenidos estos dos documentos, se deberá cumplimentar y firmar el escrito que podeis descargar del link
Y por medio del cual se solicita la regularización a la AEAT, o a la Hacienda Foral
Con esos tres documentos en nuestro poder procederemos a entregarlos en el registro de las oficinas de Hacienda/Agencia Tributaria.
Si por cualquier razón interesara que un despacho fiscal se ocupara de la presentación de los documentos y la preparación de los recursos por cada uno de los ejercicios a regularizar, Uniter se ha puesto en contacto con el despacho ASCONSULT Gestores Europeos (C\ Alcántara, 11 – 3ºC 28006 – Madrid, Telf.: 91 559 28 78 asconsult@asconsultge.com), en el que Dña. Arantxa Álvaro (607 51 60 23) y Dña. Jimena Saiz (617 51 71 65) se encargarían de la gestión. Esta gestión no podría hacerse para aquellos declarantes sujetos a normas de Derecho Foral.
Los honorarios por su gestión ascienden a 50 € más IVA (60,50 €) por consulta y envío de la solicitud a la AEAT, incluyendo la presentación de los recursos de los cuatro últimos años.
En este caso, los documentos se harían seguir directamente a Asconsult, vía correo postal o electrónico, mientras que los honorarios se transferirían a la cuenta de Uniter.
Rogamos avisar a UNITER de la transferencia por la evidente necesidad de control.
Asociación Uniter
FISCALIDAD PENSIONES
Fiscalidad Pensiones
El importe de la pensión de jubilación que perciben los trabajadores de banca, en ciertos casos, incorpora derechos adquiridos.
Y estos fueron generados durante el período en el que los servicios de previsión social se canalizaban a través de distintas mutualidades laborales de banca.
Ademas desaparecidas las mutualidades e integrados los servicios de previsión social en la Seguridad Social, los derechos generados se respetaron a la hora de definir los beneficios sociales de este último organismo.
Por lo que, el importe de la pensión que ahora reciben algunos jubilados de banca es el resultado tanto de las aportaciones realizadas a las distintas mutualidades, como las realizadas, posteriormente a la SS.
Ya que desde el punto de vista de la fiscalidad de las pensiones, las aportaciones que realizaron los trabajadores en su vida laboral, fueron deducibles del IRPF, excepto las cuotas satisfechas a las mutualidades.
Y de este modo, al incluir ahora el importe total de la pensión en el IRPF, como renta de trabajo, esas cuotas satisfechas a las mutualidades estarían siendo objeto de una doble imposición, ya que en su momento no fueron consideradas deducibles de dicho impuesto.
El criterio del Tribunal Economico Administrativo Central
Ademas el criterio sobre este tema del Tribunal Económico-Administrativo Central, expresado en su resolución 07195/2016/00/00, del 5 de julio de 2017, sobre una reclamación de un jubilado de Telefónica, dice que la parte de la pensión que pueda corresponder a aportaciones a mutualidades realizadas con anterioridad al 1 de enero de 1979 (fecha de la desaparición de la mutualidad de Telefónica ITP) , tiene derecho a la exención del IRPF, siempre que sea acreditada por el interesado la fecha en que comenzó a hacer aportaciones a la mutualidad de previsión social correspondiente y el período por el que las estuvo haciendo. Si no se pudiera acreditar la cuantía concreta de las aportaciones que no hayan podido ser objeto, en su momento, de reducción o minoración en la base imponible, se integrará como rendimientos del trabajo solo el 75 por ciento de la parte correspondiente de la pensión, quedando el 25% restante, exento de tributación.
Por lo tanto, visto el criterio del TAC, los pensionistas de banca que, en su momento, efectuaron contribuciones a la mutualidad correspondiente, tienen ahora la doble oportunidad de, por una parte, deducir, en sus futuras declaraciones del IRPF, el 25% de la parte de la pensión que corresponda al período en el que estuvo cotizando a la mutualidad, y, por otra, recuperar, de las declaraciones del IRPF de los últimos cinco años, la parte correspondiente a esta exención que ahora se reconoce.
Solicitud y recurso
Para ello, es necesario:
1.- Solicitar el Informe de Vida Laboral a la Tesorería General de la Seguridad Social.
2.- Pedir al Banco el certificado de cotizaciones a la mutualidad aboral correspondiente.
Posiblemente el Banco sólo podrá certificar el período durante el que se cotizó a la mutualidad, pero eso es válido a estos efectos.
3.- Presentar a la AEAT un escrito de solicitud de regularización de los 4 últimos ejercicios fiscales, acompañando de los documentos anteriores.
Ademas en breve os enviaremos una nota en la que se indican los procedimientos para obtener estos documentos necesarios.
Y el texto en el que se reclama a Agencia tributaria, la regularización de las declaraciones de los años 2014, 2015, 2016 y 2017.
Asimismo os informamos de que la Asociación Uniter ha entrado en contacto con un despacho fiscalista.
Y con el fin de que, para quien lo crea conveniente, tramite las distintas solicitudes de los asociados.
Asociacion Uniter